Dos hombres oriundos de Córdoba fueron sentenciados por el crimen de Emiliano Celis, de 18 años, en marzo de 2010. Walter Guzmán recibió 27 años de prisión y Enrique Zapata 10. El trámite judicial fue muy discutido y el fallo será apelado.
La Cámara Penal de Rosario confirmó las penas contra dos hombres implicados en una secuencia de robos que terminó con el asesinato de un joven policía en Rufino hace tres años. Como resultado Walter Guzmán y Enrique Zapata, ambos oriundos de la provincia de Córdoba, cumplirán las condenas de prisión que habían sido dictadas por un tribunal oral en Venado Tuerto. El primero, a quien se atribuye el acto de matar al policía, había sido sentenciado a 27 años de cárcel. El segundo pasará diez años en prisión. En una audiencia celebrada ayer en los tribunales provinciales de Rosario tres camaristas convalidaron ese fallo de modo unánime.
Lo que quedará lejos de cerrarse con esta resolución es la discusión sobre el opaco trámite que tuvo este caso. La defensa del principal acusado, Walter Guzmán, dio cuenta de groserías tanto en la investigación formal como en la protección a las garantías de todo proceso. Guzmán no contó con defensor en su primera indagatoria y en los seis meses iniciales en los que estuvo acusado, un período esencial dado que en esa etapa se consolidaron las pruebas en su contra. Por eso su defensor señaló en el juicio que la sentencia debía ser revocada.
Los camaristas Adolfo Prunotto Laborde, Rubén Jukic y Daniel Acosta no admitieron que se hubiera violado el derecho de defensa. Los imputados señalaron ayer que apelarán el fallo ante la Corte Suprema provincial y que recurrirán al máximo tribunal de la Nación. Si ese camino se les frustra acudirán a la Comisión Interamericana por los Derechos Humanos (Cidh).
Uno de los puntos controversiales de la sentencia es que los camaristas rechazan múltiples irregularidades que asomaron en el proceso pero, pese a eso, confirman las condenas. Gran parte de las anomalías fueron admitidas por el fallo de la cámara, lo que determinó la exclusión del 30 por ciento del material probatorio. Esto significó declarar nulos tres allanamientos de la policía de Rufino y dos pericias balísticas porque los elementos a evaluar eran incorporados de manera viciada. Un efecto de esto fue que un tercer acusado, José Guajardo, resultó absuelto. Estos hechos deberán ser investigados por sus posibles consecuencias penales.
El crimen. El agente Emiliano Célis era hijo de un comisario inspector. Tenía 18 años y llevaba seis meses en la policía cuando, el 8 de marzo de 2010, murió acribillado en el operativo de persecución a dos ladrones. Estos un rato antes habían maniatado y robado a un matrimonio de apellido Spada en Cobo 440 de Rufino. Cuando los ladrones salieron de la casa se encontraron con la hija de la pareja a la que eludieron. La mujer llamó entonces a su marido, que llegaba en un Renault Clio rojo, y le describió la situación. El esposo siguió a los fugitivos en su auto y cruzó a un policía de civil en moto al que le pidió ayuda. Este policía sufrió un intento de robo de la moto por los ladrones, que la dejarían tirada al no poder hacerla funcionar.
Al ver aparecer a los asaltantes el conductor del Clio bajó del auto y éstos se subieron. Pero al toparse con la policía los ladrones abandonaron el auto.
En esa situación uno de los ladrones, Enrique Zapata, recibió un impacto de bala de goma en la espalda, lo que lo decidió a entregarse. Diego Guzmán, el segundo ladrón, salió corriendo hacia un complejo deportivo seguido por tres policías armados.
Así se desataron los disparos que provocaron la muerte de Célis. En ese mismo cuadro Guzmán fue herido con cuatro balazos.
Las culpas. El camarista Prunotto Laborde concluyó en el primer voto que Zapata participó como coautor del raíd delictivo que se le atribuye: el robo en la casa de la familia Spada, el intento de robo de la motocicleta del policía y la sustracción del Renault Clio.
Guzmán participó de la misma secuencia pero su culpa es mayor por causar la muerte del agente. Según ratifican los camaristas, al ser perseguido se escabulló detrás de unos ligustros frente a un complejo deportivo. Prunotto destaca “la actitud artera de Guzmán de disparar, desde unos arbustos donde se hallaba emboscado, sobre un agente de policía uniformado y que se encontraba cumpliendo con su tarea”.
En el incidente en el que murió el policía, Guzmán había recibido cuatro balazos, lo que motivó su traslado al hospital Cullen de Santa Fe. En esa circunstancia, mientras la causa avanzaba, no tuvo asistencia legal. Es por ello que el defensor público Daniel Papalardo alegó que había sido privado del derecho de defensa durante seis meses. Los camaristas rosarinos señalaron que si eso ocurrió así fue porque se priorizó su atención médica dado que su vida corría peligro.
Ese argumento no fue materia de debate en el juicio por lo que introducirlo en el fallo implica una nueva polémica. Pero además jamás fue probado a nivel médico que Guzmán hubiera necesitado 20 días para salir del riesgo de vida, que fue lo que se demoró en indagarlo, sin defensor, a partir del día del hecho.
El fallo de los camaristas rosarinos destaca que la defensa pudo desarrollar su tarea y hasta promovió dos denuncias penales previo a la iniciación del juicio. No reconocen, por consiguiente, que se haya afectado el principio de defensa.
"CUANTO VALE LA VIDA DE UN POLICÍA"...Rufino es una localidad argentina ubicada en el extremo sudoeste de la Provincia de Santa Fe, perteneciente al Departamento General López...agente Emiliano Célis...POLICÍA...sus asesinos Walter Guzmán recibió 27 años de prisión y Enrique Zapata 10 años...¿SERÁ JUSTICIA?...Comentado y publicado por Miguel...
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