PARO POLICIAL: “El fiscal Rodríguez desconoce el derecho y confunde un paro con una sedición”
Santa Fe - Con esta definición el Secretario General de APROPOL, Alberto Martínez respondió al pedido de procesamiento sobre el y tres dirigentes gremiales por el paro histórico de diciembre de 2013. Para el dirigente mantiene una línea argumental contraria a la Constitución Nacional que garantiza la libertad sindical sin posibilidad de excluir a los policías.
Notas relacionadas:
Solicitud de procesamieto elevada por e Fiscal Federal de Santa Fe
Según el sitio fiscales.gob.ar ha difundido la noticia de que el Fiscal federal de Santa Fe Walter Rodríguez ha solicitado el procesamiento por el presunto delito de sedición de los dirigentes gremiales Alberto Martínez, Fabricio Javier Abasto, Claudio Marcelo Patiño y Mauricio Miguel Pagani. De hecho el sindicato policial rechaza la acusación que ahora deberá resolver el Juez Federal Dr. Rodríguez.
Según la fiscalía, desconoce expresamente el derecho al ejercicio de la libertad sindical aduciendo que no esta expresamente previsto por lo cual “mágicamente” un profesional del derecho desconoce el articulo de la Constitución Nacional que expresa el principio de reserva y claramente establece que “lo que no esta prohibido esta permitido” y allí se debería pedirle que nos dijera donde esta expresamente prohibido.
Entre los fundamentos apela a fallos judiciales sobre sindicalización adversos en década atrás pero llamativamente obvia los últimos fallos que avalan el reconocimiento del Estado Nacional a las organizaciones sindicales policiales y penitenciarias.
En este aspecto Martínez remarcaba: “Lo del fiscal Rodríguez es imperdible para analizar el desconocimiento supino que tiene este fiscal” y agrega: “En Argentina hasta los presos tienen sindicato y paritarias y el quiere desconocer el nuestro”.
También reafirmo el carácter gremial del paro policial que dijo: “Fue el resultado de la desatención salarial y de las condiciones de trabajo y de vida de los policías argentinos y si se nacionalizo es porque había una situación de explotación y oprobio similar en muchas provincias” y destaco: “Fijémonos que por ejemplo en el ámbito de la Policía Metropolitana con sueldos que triplicaban el de las provinciales no hubo paro y que en la provincia de Santa Cruz donde funciona una paritaria tampoco” aclaro.
Para Martínez: “El fiscal no tiene ni idea del derecho argentino y eso es lamentable para un funcionario publico de su nivel” y “Se obstina en mantener un relato fantasioso y falaz encargado por el gobierno nacional y su socio local que es el gobierno de Antonio Bonfatti” a quien venimos denunciando penalmente por facilitar y estar ligados al narcotráfico entre otras cuestiones.
Agrego además que “Este salto a un Estado Totalitario donde se confunde una huelga con una sedición no es casual ni aislado sino que va en el marco de la criminalización de la protesta y las modernas practicas de terrorismo de Estado que hoy no conllevan por ahora asesinatos y desapariciones pero si la de la muerta civil de los perseguidos y amedrentar de esta forma pretendiendo ampararse en la ley” dijo.
La decisión ahora esta en manos del Juez Federal Reinaldo Rubén Rodríguez que deberá expedirse sobre la pretensión precaria y maniquea que ha hecho la fiscalía. AMPLIAREMOS.
APROPOL Noticias
Santa Fe - Con esta definición el Secretario General de APROPOL, Alberto Martínez respondió al pedido de procesamiento sobre el y tres dirigentes gremiales por el paro histórico de diciembre de 2013. Para el dirigente mantiene una línea argumental contraria a la Constitución Nacional que garantiza la libertad sindical sin posibilidad de excluir a los policías.
Notas relacionadas:
Solicitud de procesamieto elevada por e Fiscal Federal de Santa Fe
Según el sitio fiscales.gob.ar ha difundido la noticia de que el Fiscal federal de Santa Fe Walter Rodríguez ha solicitado el procesamiento por el presunto delito de sedición de los dirigentes gremiales Alberto Martínez, Fabricio Javier Abasto, Claudio Marcelo Patiño y Mauricio Miguel Pagani. De hecho el sindicato policial rechaza la acusación que ahora deberá resolver el Juez Federal Dr. Rodríguez.
Según la fiscalía, desconoce expresamente el derecho al ejercicio de la libertad sindical aduciendo que no esta expresamente previsto por lo cual “mágicamente” un profesional del derecho desconoce el articulo de la Constitución Nacional que expresa el principio de reserva y claramente establece que “lo que no esta prohibido esta permitido” y allí se debería pedirle que nos dijera donde esta expresamente prohibido.
Entre los fundamentos apela a fallos judiciales sobre sindicalización adversos en década atrás pero llamativamente obvia los últimos fallos que avalan el reconocimiento del Estado Nacional a las organizaciones sindicales policiales y penitenciarias.
En este aspecto Martínez remarcaba: “Lo del fiscal Rodríguez es imperdible para analizar el desconocimiento supino que tiene este fiscal” y agrega: “En Argentina hasta los presos tienen sindicato y paritarias y el quiere desconocer el nuestro”.
También reafirmo el carácter gremial del paro policial que dijo: “Fue el resultado de la desatención salarial y de las condiciones de trabajo y de vida de los policías argentinos y si se nacionalizo es porque había una situación de explotación y oprobio similar en muchas provincias” y destaco: “Fijémonos que por ejemplo en el ámbito de la Policía Metropolitana con sueldos que triplicaban el de las provinciales no hubo paro y que en la provincia de Santa Cruz donde funciona una paritaria tampoco” aclaro.
Para Martínez: “El fiscal no tiene ni idea del derecho argentino y eso es lamentable para un funcionario publico de su nivel” y “Se obstina en mantener un relato fantasioso y falaz encargado por el gobierno nacional y su socio local que es el gobierno de Antonio Bonfatti” a quien venimos denunciando penalmente por facilitar y estar ligados al narcotráfico entre otras cuestiones.
Agrego además que “Este salto a un Estado Totalitario donde se confunde una huelga con una sedición no es casual ni aislado sino que va en el marco de la criminalización de la protesta y las modernas practicas de terrorismo de Estado que hoy no conllevan por ahora asesinatos y desapariciones pero si la de la muerta civil de los perseguidos y amedrentar de esta forma pretendiendo ampararse en la ley” dijo.
La decisión ahora esta en manos del Juez Federal Reinaldo Rubén Rodríguez que deberá expedirse sobre la pretensión precaria y maniquea que ha hecho la fiscalía. AMPLIAREMOS.
APROPOL Noticias
"NO SERÁ JUSTICIA"... SI SE APRUEBA EL PEDIDO DE PROCESAMIENTO DEL Secretario General de APROPOL, Alberto Martínez "..."SERA JUSTICIA"...SI SE LE RECONOCE A LA POLICÍA EL DERECHO A DISCUTIR POR UN GREMIO RESPETANDO LO QUE AFIRMA LA CONSTITUCIÓN NACIONAL " GARANTIZA LA LIBERTAD SINDICAL"...¡¡ ACASO LOS POLICÍAS NO SON TRABAJADORES !!!...No estamos pidiendo "como otros" un simple cargo político, aunque sea de "prestado" o " cambiado el color del caballo según convenga":( hoy socialista, mañana moyanista, pasado etc, etc, ), lo que Martinez (APROPOL) viene pidiendo es el bienestar y los derechos del TRABAJADOR POLICIAL, teniendo claro que les asiste por el simple hecho de ser trabajadores el DERECHO A HUELGA, EL DERECHA A PETICIONAR ANTE LAS AUTORIDADES, EL DERECHO A UN SALARIO DIGNO, y todo lo que proclama LA CONSTITUCIÓN NACIONAL que parece ser que para el TRABAJADOR POLICIAL ESTA NO SE APLICA O SE APLICA A MEDIAS...Si hoy el trabajador policial tiene medianamente "mejorado su sueldo" es porque se reclamó firmemente ante las autoridades que hacían oidos sordos ante el clamor de la FAMILIA POLICIAL, y mientras desde APROPOL se levantaban las banderas en apoyo AL POLICÍA,desde OTRO LUGAR al POLICIA SE LO APUNTABA Y SE LO FOTOGRAFÍABA PARA LUEGO RECLAMAR PENAS POR UNA PRESUNTA "SEDICIÓN"...
Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
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